DIRECCIÓN DE CONTROL

 

a) Realizar la auditoría operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación.

b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria Municipal.

c) Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible.

d) Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras y asesorarlo respecto a alguna auditoría externa que el concejo pueda requerir.

e) Representar al alcalde en los actos municipales cuando los estime ilegales.

f) Revisar las pólizas de fidelidad funcionaria.

g) Revisar que los registros contables se ajusten a la normativa emanada de la Contraloría General de la República de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

h) Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles del municipio.